Concurso Cerrado
El Concurso Cerrado es un procedimiento de selección de contratistas en el que el órgano o ente contratante invita a participar a un número determinado de proveedores previamente identificados y precalificados. A diferencia del Concurso Abierto, la participación está restringida a los invitados, quienes deben cumplir con requisitos específicos de experiencia, capacidad técnica y financiera. Este mecanismo se utiliza cuando la naturaleza del bien, servicio u obra requiere proveedores especializados, o cuando por razones de urgencia calificada no es conveniente realizar un concurso abierto. El número mínimo de invitados es de cinco (5) contratistas, garantizando así un nivel adecuado de competencia.
Última actualización: 28 de septiembre de 2026
Plazo Estimado
30 a 60 días hábiles desde el envío de invitaciones hasta la adjudicación
Umbral de Aplicación
Para contrataciones entre 5.000 y 20.000 Unidades Tributarias (UT). El equivalente en bolívares cambia cada vez que el SENIAT ajusta el valor de la UT — conviene recalcular el umbral vigente antes de decidir la vía de contratación.
Base Legal
Artículos 66 al 72 de la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento.
Proceso
- 1Identificación y precalificación de potenciales oferentes
- 2Envío de invitaciones directas a los contratistas seleccionados (mínimo 5)
- 3Entrega del pliego de condiciones a los invitados
- 4Período de consultas y aclaratorias
- 5Recepción de ofertas en sobre cerrado
- 6Apertura y evaluación de ofertas
- 7Elaboración del informe de recomendación
- 8Adjudicación y notificación
Requisitos
- Inscripción vigente en el RNC
- Haber sido invitado formalmente por el ente contratante
- Experiencia específica comprobada en el área requerida
- Capacidad técnica y financiera demostrada
- Solvencia laboral vigente
- Garantía de sostenimiento de oferta
- Cumplimiento de obligaciones tributarias
- No estar inhabilitado para contratar con el Estado
Preguntas Frecuentes
¿Puedo participar si no recibí invitación?
No. En un Concurso Cerrado, solo pueden participar los contratistas que recibieron invitación formal del ente contratante. Si no fuiste invitado, puedes solicitar ser considerado para futuras contrataciones.
¿Cuántos proveedores deben ser invitados como mínimo?
La ley establece un mínimo de cinco (5) contratistas invitados para garantizar un nivel adecuado de competencia en el proceso.
¿En qué casos se justifica un Concurso Cerrado?
Se justifica cuando se requieren proveedores especializados, cuando hay un número limitado de proveedores en el mercado, o por razones de urgencia calificada que no permitan realizar un concurso abierto.
¿En qué se diferencia el Concurso Cerrado del Concurso Abierto?
El Concurso Abierto permite la participación de cualquier inscrito en el RNC que cumpla los requisitos del pliego. El Concurso Cerrado restringe la participación a un grupo de contratistas previamente identificados e invitados formalmente por el ente contratante, normalmente por requerir especialización técnica o por el número limitado de proveedores calificados en el mercado.
¿Cómo se seleccionan los contratistas que serán invitados?
El ente contratante identifica a los potenciales invitados a partir de su historial en el RNC, experiencia comprobada en el área requerida, y en algunos casos un proceso previo de precalificación. La selección debe quedar documentada en el expediente para justificar por qué se optó por la vía restringida en lugar de un concurso abierto.
¿Qué pasa si menos de cinco invitados presentan oferta?
Si el número de ofertas recibidas es menor al de invitados, el proceso puede continuar siempre que se mantenga un mínimo de competencia real. Si solo se recibe una oferta o ninguna, el ente contratante generalmente debe evaluar declarar desierto el concurso y ampliar la lista de invitados o migrar a otro procedimiento.
¿Cuáles son los motivos más comunes de rechazo de una oferta en Concurso Cerrado?
Los más frecuentes son: no figurar entre los invitados formalmente, solvencia laboral o tributaria vencida al momento de la apertura, garantía de sostenimiento de oferta insuficiente o vencida, incumplimiento de las especificaciones técnicas exigidas en el pliego, y experiencia específica inferior a la solicitada en la invitación.
¿Se puede impugnar el resultado de un Concurso Cerrado?
Sí. Los invitados que participaron y consideren vulnerado su derecho pueden ejercer los recursos administrativos previstos en la Ley de Contrataciones Públicas dentro del período de impugnación posterior a la adjudicación, y en última instancia acudir a la vía contencioso-administrativa.
¿Un contratista puede solicitar ser incluido en futuras invitaciones?
Sí. Aunque no existe un mecanismo de postulación abierta como en el Concurso Abierto, un contratista inscrito en el RNC puede manifestar formalmente su interés y capacidad ante el ente contratante para ser considerado en procesos de identificación de invitados futuros.
¿La garantía de sostenimiento de oferta se devuelve si no gano?
Sí. Una vez adjudicado el contrato al oferente ganador, el ente contratante debe liberar las garantías de sostenimiento de oferta de los demás invitados, generalmente dentro de los días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación, salvo que el pliego establezca un procedimiento distinto.
Recursos Relacionados
Otros Procedimientos
Concurso Abierto
Procedimiento donde cualquier proveedor inscrito en el RNC puede participar presentando su oferta.
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Procedimiento simplificado para contrataciones de menor cuantía mediante solicitud de cotizaciones.
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Procedimiento excepcional de contratación pública venezolano: el ente selecciona al proveedor sin proceso competitivo por emergencia, exclusividad o menor cuantía.
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